El Congreso Nacional aprobó de manera histórica con un total de 119 votos a favor la Ley Especial para el Fortalecimiento del Marco Penal y Procesal, tipificando formalmente a las maras y pandillas como asociaciones terroristas en el país.
El respaldo definitivo se logró a pesar de que varios parlamentarios del partido Libre decidieron abstenerse durante la votación en el pleno, marcando una clara postura política frente al contenido y alcance de este nuevo marco punitivo.
La nueva legislación asesta un golpe contundente a las estructuras criminales al fijar condenas de 30 a 40 años para sus integrantes y hasta prisión perpetua para cabecillas, financistas y quienes asesinen a miembros del sector justicia.
Estos son los principales cambios de la reforma
- Tipificación como asociaciones terroristas: Se clasifica formalmente a las maras y pandillas, bandas de secuestro y narcotráfico bajo esta categoría penal, considerando la sola pertenencia como un delito permanente.
- Endurecimiento drástico de penas y multas: Se imponen condenas de 30 a 40 años de prisión para integrantes simples, de 40 años a prisión perpetua para cabecillas o financistas, y prisión perpetua automática por el asesinato de operadores de justicia.
- Sanción a la colaboración sin pertenencia: Se establecen penas de 20 a 30 años de cárcel a quienes proporcionen transporte, información, inmuebles o apoyo tecnológico a estas estructuras delictivas.

- Pruebas técnicas por tatuajes: Se faculta el uso de peritajes especializados sobre tatuajes, signos y símbolos corporales alusivos como evidencia legal para probar la pertenencia a grupos criminales.
- Herramientas operativas de urgencia: Se amplía de 24 a 48 horas el plazo de detención preventiva y se autorizan allanamientos de urgencia sin orden judicial previa bajo la coordinación del Ministerio Público.
- Creación de la Fuerza Especial Penitenciaria: Se constituye esta unidad para el control absoluto de cárceles de máxima seguridad, imponiendo uniformes obligatorios, rostro rasurado, corte de cabello corto y cero beneficios carcelarios.
- Borrado de simbología territorial: Se ordena a las fuerzas policiales y municipales la eliminación inmediata de grafitis en espacios públicos y privados, castigando su reaparición con las mismas penas aplicadas a integrantes delictivos.

Escala de sanciones penales y multas para los integrantes
La normativa aprobada con 119 votos fija penas de 40 años de cárcel a prisión perpetua más multas de 1,500 a 2,000 días para cabecillas, directivos, promotores y financistas, definiendo a este último como quien contribuya a financiar la estructura.
Por su parte, los simples integrantes enfrentarán de 30 a 40 años de prisión y multas de 750 a 1,500 días, categoría que incluye explícitamente a quienes elaboren, difundan o coloquen grafitis, textos o símbolos alusivos al control territorial.
Adicionalmente, el documento fija en el Artículo 588 sanciones de 20 a 30 años de cárcel para la colaboración sin pertenencia (información, transporte o servicios tecnológicos), pena que se elevará de 30 a 40 años si es cometida por un funcionario público.
Peritaje de tatuajes y facultades para allanamientos de urgencia
Entre los pilares procesales ratificados por la cámara legislativa se autoriza el uso de peritajes técnicos sobre tatuajes, símbolos y marcas corporales para acreditar legalmente la pertenencia a estas estructuras delictivas.
Asimismo, la ley amplía el plazo de detención preventiva a 48 horas y faculta a los cuerpos de seguridad a ejecutar allanamientos e ingresos de urgencia a inmuebles sin orden judicial previa en situaciones de riesgo inminente.
La normativa también fortalece la legítima defensa presunta, garantizando el amparo legal de los ciudadanos que repelan a criminales que ingresen con violencia a sus viviendas, negocios o vehículos.

Creación de la Fuerza Especial Penitenciaria y régimen estricto
Para frenar la operatividad delictiva desde las cárceles, el decreto da luz verde a la creación de la Fuerza Especial Penitenciaria, un cuerpo especializado encargado del control absoluto de los recintos de máxima seguridad.
Los privados de libertad sometidos a esta ley deberán vestir uniformes obligatorios, mantener el cabello corto, rostro rasurado, identificación biométrica constante y tendrán prohibido realizarse nuevos tatuajes.
Adicionalmente, el texto aprobado otorga facultades técnicas para neutralizar aeronaves no tripuladas o drones en las cercanías de los centros carcelarios, penalizando severamente cualquier intento de ingresar objetos ilícitos.
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